Preguntas Frecuentes

Un asesor debe estar en capacidad de explicar y de informar al asesorado:

1. Que para procurar la solución de un conflicto y para prevenir un litigio, existe la posibilidad de realizar acciones pre-jurídicas (conciliación y/o transacción), lo cual puede ahorrar costos al asesorado. 

2. La clase de acciones jurídicas que conforme al caso puesto a consideración puede adelantarse, -demanda y/o denuncia-, según el caso sometido a consideración. 

3. Las probables consecuencias que se pueden producir de llegar a proferirse una decisión –sentencia- desfavorable para los intereses del asesorado. 

4. El usuario y/o asesorado, deberá enterarse y tener presente: Que, no toda sentencia favorable conlleva la posibilidad de hacerla efectiva, es por ello la necesidad de proyectar los eventuales resultados, frente a una acción, pues, DE NADA SIRVE UNA SENTENCIA FAVORABLE, si no es posible hacer efectivo el derecho reconocido en ella, por insolvencia de quien la perdió o por no ejecutarse de forma oportuna, por ejemplo, en muchas ocasiones con esas sentencias sólo gana el abogado, al paso que, el asesorado concibe que lo que pagó por honorarios constituye un incremento en la pérdida, lo cual termina por generarle –al asesorado y/o usuario – una frustración mayor, agudizada por tener que afrontar la recurrente mora judicial. 

5. La proyección de los costos del proceso, – citación a conciliar / honorarios / pólizas / inspecciones, etc.  – de tal suerte que el asesorado a la mitad del proceso y/o en desarrollo del mismo, no se vea sorprendido por los costos.

Contar con una asesoría adecuada, que planifique, proyecte e ilustre al usuario sobre todos y cada una de las posibilidades que se pueden presentar, con ocasión de un litigio. De esta forma, el asesorado, usuario, tendrá las herramientas básicas que le permitan optar por la decisión más adecuada para sus intereses. Es precisamente a ello lo que apunta el servicio que nuestra firma ofrece. Asimismo, la planimetría del proceso busca que, el asesor, nuestra firma, indique al asesorado y/o usuario, la forma y el momento más oportuno en que se debe adelantar una acción, notificarse y/o contestar una demanda. Sin duda que, él asesor deberá evaluar y recomendar el camino que minimice los resultados adversos, para determinar si es prudente adelantar trámites previos a una acción judicial, y/o adelantar una acción judicial, esta última se recomienda, cuando hay temor de que opere la prescripción, caducidad, perdida de los bienes, esto es por cuanto que, al momento de presentar la demanda, se suspenden los términos y además se puede solicitar la práctica de medidas cautelares (embargos, retención de dineros, etc.), todo en procura de salvaguardar el resultado de un proceso.

PREVENIR, así las cosas, en la mayoría de las ocasiones creemos que, sólo se debe acudir a un abogado con el fin de buscar remedio a un daño causado –DEMANDAR- corregir resulta más costoso, muchas veces después de un largo y tortuoso proceso, con frecuencia muchos se ven enfrentados a una decisión judicial, que, aunque favorable resulta imposible hacer cumplir. Por ello la asesoría más apropiada debe estar encaminada no sólo a evitar demandar sino también a disminuir los riesgos que se generan cuando se acude ante un juez, lo cual se alcanza con una asesoría oportuna y adecuada, el objetivo será que, el asesorado y/o usuario, adquiera la ilustración necesaria, con el propósito de minimizar las consecuencias de un resultado adverso, esto tratándose de cualquier tipo de acción que se inicie, en particular cuando de representarlo ante una demanda, bien sea título de demandante y/o de demandado, para hacer cumplir una obligación contractual y/o para demostrar que se ha cumplido.

PREVENIR y aminorar los riesgos, resultados adversos, los que los usuarios de nuestros servicios puedan llegar a tener que afrontar, por no haber contado con la debida y adecuada ilustración, frente a un negocio y/o caso en concreto, todo lo cual se traduce no solo en la protección de sus bienes materiales, sino además en procurarle tranquilidad, respaldo y confianza, la que solo se tiene cuando se cuenta con un adecuado, oportuno y eficiente servicio de asesoría.

No son pocas las veces que, el tener que afrontar un proceso conlleva zozobra, la que afecta incluso la salud de quien se ve abocado a un litigio. El objetivo principal de MI ASESOR JURÍDICO es procurar y darle tranquilidad a nuestro usuario, en principio, ello se logra dando respuesta a las inquietudes que se generan frente a los conflictos jurídicos que cotidianamente se presentan en las relaciones contractuales y extracontractuales y/o al caso sometido a estudio. La persona que conoce las probables consecuencias que se pueden derivar de las acciones u omisiones, dentro de las actuaciones en un proceso, y el saber que se cuenta con una asesoría enfocada en prevenir y aminorar riesgos es el principio de una perdurable tranquilidad.

Acudir al servicio de asesoría, acompañamiento o auditoría, por sí mismos, constituyen una acción de prevención, no obstante que, la gestión de auditoría se realiza frente hechos cumplidos, procesos en curso, en los cuales nuestro asesorado, usuario, es parte demandante o parte demandada, se considera preventiva por cuanto que, uno de los objetivos del servicio de auditoria, es la de tratar de establecer o proyectar cual ha de ser el resultado más probable. Con base en dicha proyección el asesor, siempre que el estado del proceso lo permita, podrá sugerirle al asesorado y/o usuario, que es lo más prudente, bien para recomendarle que, acuda a los mecanismos alternativos de solución de conflictos, terminación anticipada del proceso, cuando el tipo de proceso así lo permita; es que, en muchos casos, la demora en la adopción de una decisión, esta puede incrementar la condena, a título de ejemplo, incrementar el monto de la sentencia, es decir los valores a pagar, en caso de una decisión adversa, para el asesorado.   El asesor, una vez reciba y analice la consulta, debe estar en capacidad de responder entre otras las siguientes preguntas:

  • ¿Qué acciones se deben y/o puede adelantarse?,
  • ¿Es necesario demandar?  Si lo es:
  • ¿Qué puede o no obtener el asesorado o cuál es el propósito al hacerlo?
  • ¿Cuáles pueden ser los resultados?
  • ¿Qué se puede ganar?
  • ¿Qué se puede perder?

La respuesta a este último interrogante es de suma importancia, por cuanto que, para muchos profesionales del derecho, ganar es obtener una sentencia favorable. Ejemplo: Que un el juez declare que, Pedro le debe pagar a Julio cierta cantidad de dinero. Pero para el asesorado GANAR significará siempre, es decir concretar la efectividad de su derecho, léase recuperar un dinero, recuperar un inmueble, etc., en síntesis, que la sentencia, de serle favorable se cumpla, es que algunos profesionales del derecho, abogados, determinan en los contratos de servicios profesionales, como honorarios, el pago de una prima de éxito, tasada en un porcentaje, asimilándose como éxito una sentencia favorable, sin aclararse, dentro del contrato, como éxito la realización certera y/o efectiva de lo decidido por el juez, es que, en muchas ocasiones, la sentencia, aunque favorable, resulta imposible hacer que se cumpla, bien por cuanto que la persona llamada a cumplirla, en desarrollo del proceso se puso en estado de insolvencia, o bien por cuanto que, desde el inicio del proceso, el profesional no se percató de la capacidad del demandado, si lo hubiese hecho, con esta información su asesorado, bien podía haber optado por no demandar y menos invertir dinero en una demanda cuya sentencia aunque favorable, estaba llamada a no poder ser cumplida por el demandado.

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